Sistema electoral, escrutinio y proclamación provisional

Extracto del reglamento de primarias para las votaciones:

Artículo 30. Se dispondrán dos urnas diferentes para elegir al candidato o candidata que postule para encabezar la lista; y otra urna para conformar el resto de la lista.

Artículo 31. Cada elector/a podrá́ seccionar un candidato de los que postulan para encabezar la lista y hasta un máximo de cuatro candidatos/as ordenados según su preferencia en una lista, del primer al cuarto lugar para conformar el resto de la lista.

Artículo 32. Por una parte se contarán los votos de la urna de encabezado de lista. Quien más votos tenga será elegido o elegida para ser candidato o candidata quedando ya excluido de la segunda urna. Los votos recibidos por esta persona en la urna de configuración de la lista no se contabilizarán. Por otra parte, los candidatos/as de la segunda urna recibirán puntos según su posición en el voto-lista emitido por cada elector/a. Con el objeto de garantizar la influencia efectiva de cada voto individual y asegurar la equidad entre las diferentes corrientes y sensibilidades, se procederá a asignar puntos y fracciones a los candidatos/as según la siguiente tabla de equivalencias:

Posición en la lista Puntos recibidos:

  • Primer lugar 5 puntos
  • Segundo lugar 4 puntos
  • Tercer lugar 3 puntos
  • Cuarto lugar 2 puntos
  • Quinto lugar 1 punto

Artículo 33. Cada candidato acumula el número de puntos recibidos de cada elector que haya decidido incluirlo en la lista.

Artículo 34. Finalizado el escrutinio se ordena provisionalmente la lista de candidatos/as en función del número de puntos acumulados.

Artículo 35. Se ordenará la lista de manera que, según el género de la persona elegida en la primera urna (encabezamiento de lista), se elijan el resto según la Ley de paridad.

Artículo 36. Finalizada la ordenación definitiva el comité electoral procederá a la proclamación provisional del listado ordenado de personas electas.

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