Alegaciones a Ordenanza de Animales de Moralzarzal

Moralzarzal en Común presentamos alegaciones a la Ordenanza Municipal de Tenencia y Protección de Animales de Compañía de Moralzarzal

En el Pleno del 5 de marzo de 2020 de Moralzarzal, se aprobó la Ordenanza de tenencia y protección de animales de compañía. Nuestro Grupo Municipal se abstuvo entonces alegando que el Equipo de Gobierno (Vecinos por Moralzarzal Participa!, Ciudadanos y PAIM) había llevado un texto al pleno sin haberlo enviado actualizado a la oposición. Moralzarzal en Común (MeC) hicimos unas puntualizaciones que no se recogieron.  Las puntualizaciones que hicimos eran puntos fácilmente asumibles ya que mejoraban la ordenanza.

Nuestro portavoz, Iván García Vacas, defendió nuestro voto de abstención del Pleno de marzo con el oscurantismo del Equipo de Gobierno, ya que el texto que llevaron para su aprobación era un texto que no se había mandado, con las modificaciones de la comisión informativa, a la oposición. Por esto, el pasado viernes 10 de julio presentamos alegaciones a la ordenanza.

Aunque hacemos públicas las alegaciones que hemos registrado para que se vuelvan a contemplar, en un análisis rápido, los motivos básicos de las alegaciones presentadas por MeC son:

  1. El Proyecto de Ordenanza fue publicado en el tablón electrónico municipal y portal de trasparencia del 17 de enero al 7 de febrero de 2020, a los efectos de recoger iniciativas y No obstante, según diligencia de Secretaría de 10-02-2020, en ese periodo no se presentó propuesta alguna. Para nosotros, esto nos lleva a preguntarnos qué tipo de difusión se le dio a ese trámite entre los habitantes de Moralzarzal. Además, se evitó la participación ciudadana en un tema que defienden como transcendental.
  2. Esta Ordenanza Municipal de Tenencia y Protección de Animales de Compañía no recoge en modo alguno el ideario de protección y defensa de los animales, ni las particularidades propias de un municipio como Moralzarzal.
  3. La ordenanza no incluye una memoria económica que ampare su implantación o dote de los recursos materiales y personales necesarios para asegurar el cumplimiento de los deberes y obligaciones derivados de la propia Ordenanza o para la verificación y comprobación de los incumplimientos.
  4. Gran parte del articulado de la propia Ordenanza de Moralzarzal es un “copia/pega” de otras normas existentes que incluso llegan a copiarlas o hacen referencia a articulados que en la ordenanza de Moralzarzal no existen, por ejemplo: la Ordenanza de otro municipio, Ambite en un momento dado remite a su artículo 13.1.d) en los términos siguientes “Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil mencionado en el artículo 13.1.d), y recibo de estar al corriente de pago, si procede”. Efectivamente el artículo 13.1.d) de la Ordenanza de Ambite habla de “acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros…”, pero, ¿qué dice el artículo 13.1.d) de la Ordenanza de Moralzarzal?… sencillamente NO EXISTE, es más, nada tiene que ver con la formalización de un seguro de responsabilidad civil.
  5. La Ordenanza contiene obligaciones de difícil o imposible cumplimiento para los propietarios de animales de compañía, lo cual haría incurrir a la Ordenanza en el supuesto de nulidad. Por ejemplo: en su apartado 2 la ordenanza de Moralzarzal indica: “La tenencia en viviendas cerradas o deshabitadas, en la vía pública, solares, jardines y, en general, en aquellos lugares en los que no puedan ejercerse sobre los mismos la adecuada vigilancia y no pueda garantizarse el bienestar animal”. Al respecto debemos manifestar que todos los animales están en viviendas cerradas en alguna ocasión debido a los quehaceres de cualquier ciudadano y por supuesto que todos los animales están alguna vez en el jardín de una vivienda, las que lo tienen.

Moralzarzal en Común solicitamos que se acuerde dejar sin efecto la ordenanza y se abra un nuevo un proceso de elaboración de una nueva que recoja de manera clara y rigurosa la protección y defensa de los animales.

Exigimos que se fomente y divulgue el papel beneficioso de los animales en la sociedad; se fomente la educación, concienciación y sensibilización de la población para la tenencia responsable de animales, en lugar de solo implantar medidas punitivas y sancionadoras; se incentive la educación de los propios animales; se incentive la adopción frente a la compra; se establezcan medidas correctoras hacia aquellas personas que no dispensen una vida digna a sus animales, particularmente hacia aquellos propietarios que no cubran las necesidades fisiológicas y etológicas de los mismos (por ejemplo socialización y/o ejercicio); se fomente la esterilización como medida para evitar la superpoblación y en último término el abandono; se incluya una memoria económica que ampare su implantación o dote de los recursos materiales y personales necesarios para asegurar el cumplimiento de los deberes y obligaciones derivados de la propia Ordenanza o para la verificación y comprobación de los incumplimientos.

Todas estas medidas deben atender a las particularidades propias de un municipio como Moralzarzal, con una variada casuística de población animal, ya sean animales domésticos y/o de compañía, ya sean animales de granja o los destinados a la explotación comercial.

Publicado en comunicado, Denuncia, Plenos.